La ley de California en Los avisos de 30 días para inquilinos

La longitud de los propietarios de tiempo debe proporcionar como aviso al inquilino antes de la terminación de contratos de arrendamiento, elevando el alquiler o desalojar al inquilino depende del contrato de alquiler entre ellos. En California, los propietarios deben proporcionar los inquilinos de mes a mes y los inquilinos anuales con al menos 30 días de aviso previo al ejercicio de estos derechos El aviso debe ser por escrito y entregadas personalmente al inquilino.


Cuando cambios surtan efecto

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    Los propietarios que están aumentando su alquiler de cargos no pueden aumentar la renta hasta los 30 días han pasado. La regla de los 30 días se aplica a los cambios en las cantidades de depósito de alquiler, donde los propietarios requieren que los inquilinos paguen depósitos adicionales. Sin embargo, si el arrendador y el arrendatario del contrato de arrendamiento no permite un aumento de aumento de alquiler o depósito, el propietario no puede aumentar estas cantidades, incluso si el propietario proporciona plazo de 30 días.

30 días Requisito terratenientes para poner fin a tenencia

  • Si el propietario está tratando de poner fin a un contrato de arrendamiento de un inquilino que ha vivido en la unidad de alquiler durante al menos un año, el propietario debe entregar al inquilino una notificación escrita de la terminación del arrendamiento periódica, al menos, 60 días. Si el inquilino vivió en la unidad de alquiler por menos de 12 meses o si el propietario vende la unidad a un tercero que va a vivir en la unidad durante al menos un año, la ley de California requiere que el propietario de previo aviso a sólo 30 días.

Excepciones para los propietarios

  • Los propietarios que tienen la capacidad en virtud de sus acuerdos de arrendamiento para aumentar el alquiler debe proporcionar un plazo de preaviso mayor si el propietario está aumentando la renta en más del 10 por ciento. Si el propietario aumenta la renta en más de un 10 por ciento, el propietario debe dar aviso por escrito del aumento antes de que el aumento puede entrar en vigor al menos 60 días.

Excepción de tres días por falta de pago

  • Si el inquilino no paga el alquiler a tiempo, daña la unidad, comete una molestia, compromete a la violencia doméstica, los tallos de otro inquilino o huésped, viola el contrato de arrendamiento, se dedica a actividades de drogas ilegales, o tiendas o utiliza armas, los propietarios pueden proporcionar el inquilino con sólo una notificación de tres días para desalojar o curar, si es posible.

Regla 30 días para los inquilinos

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    Al igual que en 30 días requisito de aviso por escrito de los propietarios, los inquilinos deben proporcionar los propietarios con al menos 30 días de antelación antes de terminar el contrato de arrendamiento después de que el contrato de arrendamiento termina sin crear un contrato de arrendamiento implícita de mes a mes y ser responsable de cantidades adicionales de alquiler o la creación de un contrato de arrendamiento posterior por un año entero. Los inquilinos también deben proporcionar al propietario con 30 días de antelación para hacer las reparaciones necesarias antes de usar la reparación de California y deducir solución cuando los inquilinos pueden reparar los defectos y deducir hasta un mes de alquiler.

Las excepciones para los inquilinos

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    Los inquilinos que solicitan una reparación del arrendador para los artículos de emergencia, tales como el calor durante el invierno pueden usar su reparación y deducción remedios sin proporcionar al propietario con la posibilidad de reparar los defectos dentro de los 30 días. En este caso, un tiempo más corto puede ser razonable, dependiendo del defecto específico y las circunstancias que rodean. Además, la ley de California permite a los miembros del servicio militar activo para proporcionar menos aviso si reciben órdenes para moverse o para el despliegue.

consideraciones

  • Dado que las leyes de propietarios e inquilinos pueden cambiar con frecuencia, no se debe utilizar esta información como un sustituto de asesoramiento legal. Acúdase a través de un abogado con licencia para practicar leyes en su jurisdicción.

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