La ley de mantenimiento de Propietarios del Estado de Nueva York

Cada estado ofrece inquilinos con derecho a ejercer el disfrute pacífico y tranquilo de sus alquileres. Los propietarios deben proporcionar los inquilinos con estos derechos para el disfrute mediante el cumplimiento de "garantía de habitabilidad" leyes del estado. En Nueva York, las leyes estatales y ordenanzas locales requieren los propietarios para proporcionar entornos de vida habitables para sus inquilinos. En general, los propietarios de Nueva York que alquilan varios edificios de vivienda deben cumplir con normas diferentes que los que alquilan viviendas unifamiliares.


Deber de reparación

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    Bajo Múltiples Leyes Leyes Vivienda y Residencia Múltiple de Nueva York, los propietarios que alquilan edificios de viviendas múltiples deben mantener los edificios en buen estado y mantener limpios los edificios y áreas comunes. "Buen estado" bajo la ley de Nueva York requiere que los propietarios de mantener las zonas comunes y apartamentos libres de plagas, animales dañinos, basura y materiales "ofensivas".

Sistemas y Electrodomésticos

  • Los propietarios de viviendas múltiples deben garantizar su alquiler contienen inodoros de trabajo, calefacción y ventilación, sistemas eléctricos y de plomería. Además, todos los aparatos proporcionados por el propietario, tales como refrigeradores y hornos, deben ser seguros y mantenido en condiciones de trabajo. Los propietarios deben instalar detectores de humo en cada apartamento a 10 pies de cualquier habitación utilizada para dormir. Los propietarios de casas de uno y dos familias o viviendas múltiples deben instalar un detector de monóxido de carbono dentro de los 15 pies de la entrada principal de cada habitación.

Calefacción y agua caliente adecuada

  • Nueva York requiere que todos los propietarios que alquilan propiedades con múltiples unidades de vivienda para proporcionar calefacción adecuada durante algunos meses. Desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo de propietarios tienen el deber de proporcionar calor en sus unidades, mantenida a una templado constante de al menos 68 grados 06 a.m.-10 p.m. si la temperatura exterior cae a 55 grados o por debajo. Los propietarios deben proporcionar los inquilinos en múltiples unidades de vivienda con el registro de agua caliente a una temperatura de 120 grados constante grifo o instalar equipos anti-escaldadura. Los propietarios no pueden suspender el servicio de utilidad, sin dar aviso de la delincuencia a los inquilinos y agencias gubernamentales, según sea necesario. Los inquilinos tienen derecho a contratar directamente con los distribuidores de petróleo para calentar sus apartamentos calentado con aceite, si el propietario no suministrar petróleo.

Pintura con plomo

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    Los propietarios deben cumplir con las leyes federales y ordenanzas locales que requieren la verificación de que los inquilinos con niños menores de 7 años no viven en un apartamento con pintura con plomo. Los propietarios tienen el deber de todos los inquilinos para llevar a cabo trabajos de reparación libre de plomo, tomando las precauciones adecuadas para evitar la exposición de pintura de plomo mediante la contratación de trabajadores con formación plomo y cubriendo áreas o eliminar áreas con la pintura a base de plomo.

Puertas de entrada para Edificios Múltiples

  • Los propietarios deben proporcionar puertas autoblocantes y auto-cierre automático para todos los múltiples edificios de vivienda construidos o convertidos para su uso después del 1 de enero de 1968. Los propietarios deben garantizar la seguridad al mantener las puertas cerradas 24 horas al día a menos que haya un encargado disponibles en el puerta. Los propietarios con al menos ocho unidades en un edificio deben proporcionar un intercomunicador bidireccional de todos los apartamentos a la entrada principal para permitir que los inquilinos a zumbar sus huéspedes en. Los propietarios también tienen el deber de mantener la iluminación adecuada en escaleras, patios y entradas del edificio de la puesta del sol hasta el amanecer. Los inquilinos que alquilan a los propietarios de los edificios con más de ocho apartamentos pueden solicitar un asistente vestíbulo de seguridad, si pagan por ello.

ascensores

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    Los propietarios deben proporcionar en todos los espejos del ascensor auto-servicio dentro de varios edificios de vivienda. Los propietarios deben permitir que los inquilinos para instalar cerraduras especiales de menos de 3 pulgadas, siempre y cuando el inquilino proporciona al propietario con una llave. Los propietarios deben proporcionar mirillas para todos los apartamentos y de la cadena-doorguards para permitir que los inquilinos para abrir parcialmente sus puertas.

consideraciones

  • Dado que las leyes de propietarios e inquilinos pueden cambiar con frecuencia, no se debe utilizar esta información como un sustituto de asesoramiento legal. Acúdase a través de un abogado con licencia para practicar leyes en su jurisdicción.

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