Casa móvil Ley Capítulo 723 en Florida

Capítulo 723 de los Estatutos de la Florida regula las obligaciones legales y derechos entre propietarios de casas móviles y sus inquilinos de casas móviles. Los Estatutos de la Florida definen un inquilino casa móvil como alguien que es dueño de su propia casa móvil, pero arrienda espacio mucho de un dueño del parque. Una "casa móvil" se define como una estructura residencial que es al menos 8 pies de ancho, 35 pies de largo, transportable y construido sobre un chasis integral.


Arrendamientos y Folleto

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    los propietarios de casas móviles deben entrar en contratos de arrendamiento por un período de al menos un año con cada uno de sus inquilinos. Sin embargo, los Estatutos de la Florida establecen una excepción a esta regla para los propietarios que entran en contratos de arrendamiento más cortos con algunos inquilinos para asegurar que todos sus contratos de arrendamiento comenzar y terminar simultáneamente. Bajo la ley de Florida, los propietarios de casas móviles que son dueños de parques de casas móviles con al menos 26 lotes disponibles para el alquiler debe proporcionar a cada inquilino un prospecto escrito o divulgación delineando las reglas del parque, tasas y cargas admisibles. propietarios de los parques móviles tienen la obligación legal de informar a sus inquilinos de sus reglas y regulaciones del parque y visiblemente deben publicarlos en sus parques.

Los aumentos de alquiler

  • los propietarios de casas móviles no pueden aumentar sus tasas de alquiler dentro del primer año de sus contratos de arrendamiento con sus inquilinos. Después de la expiración de un contrato de arrendamiento de un año, un propietario puede aumentar su renta si provee una notificación expresa de las nuevas tarifas de alquiler de al menos 60 días antes de que las nuevas cantidades de alquiler en vigor. Además de proporcionar un aviso por escrito de la inminente aumento, el propietario debe dar a cada uno de sus inquilinos la opción de rescindir su contrato de arrendamiento sin ningún tipo de sanciones, incluidas las de los cargos de terminación o salida.

Derechos de los inquilinos

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    inquilinos de casas móviles tienen derecho a disfrutar en paz y tranquilidad de su propiedad. los propietarios de casas móviles no pueden entrar en sus casas sin el consentimiento previo por escrito de sus inquilinos que les permite entrar. Sin embargo, los Estatutos de la Florida proporcionan una excepción a esta regla que permite los propietarios de casas móviles derecho a entrar sin obtener el consentimiento en situaciones de emergencia o para hacer reparaciones de emergencia. La excepción se limita a la entrada dentro de horas razonables. inquilinos de casas móviles tienen un derecho a la propiedad habitable. propietarios de parques de casas móviles tienen la obligación legal de mantener sus parques en condiciones habitables, cumplir con los códigos de construcción y de seguridad locales. Los inquilinos tienen derecho a vender libremente sus casas y signos lugar de venta en sus lotes si al hacerlo sería legal y permitida por la ordenanza local. propietarios de parques de casas móviles no pueden exigir a sus inquilinos a pagar una cuota por vender sus casas en su propiedad.

consideraciones

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    Dado que las leyes estatales pueden cambiar con frecuencia, no utilice esta información como un sustituto de asesoramiento legal. Acúdase a través de un abogado con licencia para practicar leyes en su estado.

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