¿Quién puede poner un gravamen sobre su casa en la Florida?

En la Florida, de acuerdo con los Estatutos de Florida 55.10, cualquier persona que presente adecuadamente un derecho de retención puede poner un gravamen sobre su casa. La persona o entidad que presente la prenda, ya sea a través de un fallo, orden o decreto, deberán presentar una declaración jurada. Aunque la mayoría de las entidades no poner un gravamen sobre su casa a menos que usted debe una cantidad significativa de dinero, hay algunas entidades que siempre poner un gravamen sobre su casa.


Impuestos

  • Si usted no paga sus impuestos de bienes raíces, la autoridad fiscal de su condado pone un gravamen sobre su casa. Si una autoridad fiscal coloca un gravamen sobre su casa, que subastará la casa al mejor postor en la escritura de impuestos. Usted tiene una cantidad específica de tiempo para pagar los impuestos, dependiendo del condado. Si paga los impuestos durante ese tiempo, el derecho de retención se extingue. Si no, la escritura de impuestos se transfiere a la persona que ha pagado los impuestos - la persona con la escritura de impuestos - y esa persona (o entidad) ahora es dueño de su casa.

Los honorarios del abogado

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    Si usted acumuló honorarios de abogados extensa, especialmente en un caso de divorcio, el abogado puede poner un gravamen sobre su casa. El abogado presenta los documentos apropiados, incluyendo una declaración jurada de los honorarios del abogado para obtener un gravamen sobre su casa.

Los acreedores

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    Los acreedores, después de presentar los documentos apropiados, también puede poner un gravamen sobre su casa. En este caso, un acreedor obtiene una sentencia de la corte antes de la colocación de un derecho de retención. Si el acreedor es su compañía hipotecaria, que ya tiene un gravamen sobre su casa, ya que la nota está garantizado con una hipoteca sobre la casa. Si usted no cumple con la hipoteca, la compañía hipotecaria presenta una litispendencia (Notificación de la demanda), entonces servirán con una citación y demanda. Durante el juicio, se puede pagar el arrearages- pero si no lo hace, en la mayoría de los casos, la compañía hipotecaria obtiene un juicio sumario ordenar que usted pague, o el hogar va a subasta donde se vende al mejor postor.

Conclusión

  • De acuerdo con la Sección 55.204 de los Estatutos de la Florida, un derecho de retención puede caducar ya en cinco años después de la fecha de presentación del certificado de gravamen juicio. Pero si el derecho de retención se coloca en su hogar para manutención de los hijos, el derecho de retención se queda en la casa durante 20 años, a menos que usted la paga. Si debe impuestos de desempleo, que se mantiene derecho de retención sobre su casa durante 10 años. Si paga el juicio, asegúrese de que la entidad que presenta el derecho de retención presenta una liberación de gravamen. Si usted vende su casa con un derecho de retención sobre el mismo, la cantidad adeudada se saca de los beneficios y paga a la persona o entidad que debe.

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