Cómo tratar las transferencias entre cónyuges para fines fiscales

La transferencia de bienes entre los cónyuges o ex cónyuges, generalmente no produce una ganancia o pérdida reconocida impuestos. Cuando la propiedad se transfiere a un tercero por un cónyuge para el beneficio del otro cónyuge, se trata como dos transacciones que pueden dar lugar a una ganancia o pérdida.

  • Excluir cualquier ganancia o pérdida de la base imponible que se refiere a la propiedad que se transfiere a un cónyuge. Esto también se aplica a un ex cónyuge, si la transferencia es relacionado con un divorcio.

  • Incluir en la categoría de bienes no reconocimiento de todo bien inmueble o propiedad personal, ya sea material o inmaterial. Sin embargo, la regla de no reconocimiento no incluye los servicios.

  • Determinar que la transferencia de la propiedad se encuentra con el incidente a los requisitos de divorcio. La transferencia de propiedad debe ocurrir dentro de 1 año después del final de su matrimonio y es en lo que se refiere a su divorcio o anulación.

  • Dividir la responsabilidad fiscal entre usted y su cónyuge. Transferencia de bienes generadores de ingresos a su cónyuge durante el año resultará en la base imponible a usted por cualquier ingreso recibido hasta la fecha de la transferencia. Se requerirá su cónyuge reportar cualquier ingreso recibido después de la fecha en que la propiedad se transfiere.

Consejos advertencias

  • Las solicitudes por parte de su cónyuge o ex cónyuge, para transferir la propiedad a un tercero en su nombre se considera que dos transacciones separadas para fines fiscales. La primera es una transferencia de usted a su cónyuge la que se reconoce ninguna ganancia o pérdida. La segunda transferencia, de su cónyuge a la tercera parte, puede resultar en la pérdida o ganancia reconocida.
Artículos Relacionados