Código de Construcción de Florida para ventanas y puertas de reemplazo

La sección de edificio existente del Código de Construcción de Florida regula la sustitución de las puertas.
La sección de edificio existente del Código de Construcción de Florida regula la sustitución de las puertas. (Imagen: David De Lossy / Digital Vision / Getty Images)

El Código de Construcción de Florida se divide en ocho secciones principales. Las secciones que se aplican a la sustitución de una puerta o ventana está construyendo, edificio existente residencial y energía. Si usted está planeando para reemplazar una puerta o ventana, primero debe cumplir con la sección del edificio existente. Los requisitos para recibir un permiso incluyen estándares mínimos en la estructura y los materiales utilizados, así como la planificación y papeleo que tienen que dar antes de que comiencen las obras.

Planificación

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El contratista debe proporcionar una solicitud de permiso de construcción y una notificación de la apertura de proyectos con un valor de $ 2,500 o más.La aplicación debe incluir una descripción detallada de la propuesta de sustitución de ventanas y puertas en un plano de planta. La planta debe describir la ubicación, tamaños y dimensiones de todas las ventanas y puertas.

Proceso de dar un título

Cada tipo de ventana y de la puerta debe ser aprobado por el Estado de Florida o Miami Dade. Cada tipo tiene que venir con un número de aprobación del producto y el nombre del fabricante. También debe venir con instrucciones detalladas sobre el método de fijación de la puerta o ventana.

Dimensiones

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Según el artículo 604.1 de la actual sección de Construcción de Florida Código de Edificación de 2007, si la sustituye por una puerta o ventana de una vivienda residencial, sólo se pueden reducir las dimensiones de abertura libre existentes en un máximo de 5 por ciento. Todos los medios de salida de un edificio, que incluye puertas y ventanas, también deben cumplir con la sección 601.1 y en el capítulo 1 del Código de Construcción de la Florida.

sección 601

De acuerdo con la sección 601 del Código de Construcción de Florida, que regula la sustitución de partes de un edificio existente, no se puede alterar un edificio de tal manera que se vuelve menos segura o eficiente de la energía. Esto significa que no puede sustituir a una puerta o ventana existente para una de las especificaciones de calidad inferior en las áreas de seguridad y eficiencia energética. La única excepción es si la puerta o ventana de reemplazo cumple con las actuales regulaciones del Código de Construcción de la Florida.

La velocidad del viento y de protección contra impactos

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Todas las ventanas y puertas de repuesto deben cumplir con el mínimo de 130 millas por especificación de resistencia a la velocidad del viento hora. Esto también se aplica a las puertas y ventanas correderas. Si instala persianas de protección de impacto en su puerta y ventana de reemplazo debe tener un número de autorización del Estado de Florida y un informe de evaluación por parte del fabricante.

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