¿Quién tiene derecho a beneficios funerarios de la Seguridad Social?

Una de las situaciones más difíciles que debe enfrentar una familia es la pérdida de un ser querido. Para muchas familias, el costo de un funeral es un verdadero shock si no habían preparado previamente por los costos. beneficios funerarios Seguridad Social proporcionan asistencia financiera a los familiares sobrevivientes para ayudar a los gastos funerarios de pago y gastos de manutención.


Elegibilidad

  • La elegibilidad para beneficios funerarios está ligada a su elegibilidad para recibir beneficios del Seguro Social. Para la mayoría de la gente, la elegibilidad para beneficios se basa en 10 años de contribuciones a sus cuentas de la Seguridad Social de los impuestos de los salarios. Para asegurar que usted y su familia reciban los beneficios adecuados en el momento oportuno, usted o el director de la funeraria debe notificar a la Administración de la Seguridad Social tan pronto como sea posible. Llevar toda la documentación que necesita para la oficina de la Seguridad Social para probar su elegibilidad.

Pago funeral

  • miembros de la familia tienen derecho a recibir un pago único de $ 255 para ayudar a pagar los costos del funeral de la persona fallecida. Cónyuges reciben este pago si vivían con el fallecido en el momento de la muerte. Si el marido y la mujer estaban viviendo por separado, el cónyuge sobreviviente puede recibir este pago si ella estaba recibiendo los beneficios del Seguro Social basados ​​en el historial de los difuntos. Si no hay un cónyuge sobreviviente, el pago va a un niño que es elegible para recibir beneficios.

beneficios conyugales

  • Video: Auxilio funerario. Congreso [Seguridad Social]

    Los cónyuges son elegibles para recibir beneficios de jubilación del Seguro Social basados ​​en la cuenta de la persona fallecida. Cónyuges que son al menos 60 pueden recibir beneficios parciales. cónyuges con discapacidad tienen derecho a recibir estos beneficios tan pronto como llegan a la edad 50. Los cónyuges pueden recibir los beneficios a una edad más temprana si están cuidando a los hijos menores del fallecido, menores de 16 años Un cónyuge divorciado de los difuntos que se vuelve a casar después de los 60 años de edad puede todavía será capaz de recibir los beneficios. cónyuges divorciados con discapacidad puedan recibir beneficios a los 50 años.

sobrevivir dependiente

  • prestaciones de la Seguridad Social están disponibles para hijos de personas fallecidas que son menores de 18 años y no se han casado, o niños de 19 años de edad que asisten a la escuela primaria o secundaria a tiempo completo. Si usted es el hijo de una persona de Seguridad Social elegibles fallecido y estuvo incapacitado con una discapacidad permanente antes de cumplir los 22 años, puede recibir beneficios financieros de toda la vida. La disponibilidad de beneficios se extiende a hijastros, los que fueron adoptados y nietos, en algunos casos.

Los pagos de sobreviviente

  • La importancia de pagos de sobreviviente es que es posible que pueda recibir pagos mensuales suficientes para mantener una buena calidad de vida. El cónyuge sobreviviente que ha alcanzado su plena edad de jubilación recibirá el 100 por ciento de la cantidad por la que su marido era elegible. Si fueras 60 años de edad en el momento de la muerte de su cónyuge, recibirá 71,5 por ciento. cónyuges sobrevivientes movilidad reciben 71,5 por ciento a los 50 años Este porcentaje aumenta después de los 59 años.

Los pagos adicionales

  • Video: Dudas sobre si se puede cotizar solamente a salud como independiente de bajos ingresos

    Un cónyuge sobreviviente que cuida de los hijos menores de una persona fallecida, de 16 años, puede recibir el 75 por ciento de los beneficios de jubilación de la persona fallecida. Si los niños están todavía en la escuela, la edad se incrementa a 19. Los beneficios financieros están disponibles para los cónyuges sobrevivientes que cuidan a los niños discapacitados de los fallecidos.

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