Beneficios del Seguro Social para las esposas y ex esposas

A partir de 2009, literalmente millones de esposas y ex esposas en los Estados Unidos estaban recibiendo beneficios mensuales de Seguro Social. Ambas esposas y ex esposas son elegibles para recibir beneficios de uno de los tres programas de seguridad social - jubilación, incapacidad o beneficios de sobrevivientes - si sus esposos cumplen los requisitos de elegibilidad.


Estadística

  • Video: ?Qué edad tengo que tener para cobrar la pensión de mi esposo fallecido?

    Video: Pensión Alimenticia, a Veces es Referido Como la Manutencion del Cónyuge

    La Administración de Seguridad Social paga beneficios mensuales a 2,5 millones de cónyuges en todo el país en 2009. Durante ese año, la Administración de Seguridad Social también pagó 4,4 millones de viudas y viudos más de $ 4.8 mil millones en beneficios mensuales. En general, más de 52 millones de personas recibieron la Seguridad Social de jubilación, invalidez y sobrevivientes se beneficia de ese año.

Discapacidad

  • Video: Derecho a subsidio o auxilio de pensión que tiene una esposa por ser beneficiaria

    Como una esposa o ex esposa de un marido que tiene derecho a beneficios por discapacidad, que también son elegibles para recibir pagos. En general, usted tiene que tener al menos 62 años de edad, pero puede ser de cualquier edad y recibir beneficios de incapacidad en base a los registros de su marido si está cuidando a sus hijos que están bajo la edad de 16. Si usted es un ex esposa, usted debe haber estado casada con su marido por lo menos 10 años y no debe ser casados ​​con otra persona en el momento de solicitar los beneficios. Cantidad de sus beneficios son un 50 por ciento de tasa de incapacidad total de su marido actual o anterior.

Los sobrevivientes

  • Usted puede ser elegible para los beneficios de Seguro Social si su marido o ex fallece. Para recibir las prestaciones de supervivencia, debe tener al menos 62 años de edad, aunque esto será un beneficio reducido. Usted recibirá el 100 por ciento de su beneficio si se espera hasta la edad de jubilación completa, que es de 66 si se nace a partir de 1945 y el 67 si has nacido después de 1962. En general, los beneficios de jubilación anticipada será igual a entre el 71,5 y el 99 por ciento de su beneficiarse, en función de la edad de inicio. Si usted está incapacitado, usted puede calificar para recibir el 71,5 por ciento de su beneficio tan pronto como 50 años de edad Usted puede recibir un 75 por ciento a cualquier edad si está cuidando a los niños ex-marido de su marido difunto o de menores de 16. Ex esposas que cuidan a los niños no tienen que cumplir con los requisitos de 10 años de matrimonio.

Jubilación

  • Usted tiene derecho a beneficios de jubilación del Seguro Social basado en el expediente de su marido actual o anterior si por lo menos 62 años de edad. Como ex-esposa, usted debe haber estado casado durante al menos 10 años y no debe estar actualmente casado con otra persona. Sin embargo, si se vuelve a casar, usted tiene derecho a beneficios en el registro de su ex marido después de terminar su matrimonio posteriores. Sus beneficios de jubilación son la mitad de la tasa de beneficio completo de su marido, reducida si se toma antes de la edad de jubilación completa. Si usted es elegible para recibir beneficios de jubilación en su propio registro, la Administración de Seguridad Social paga esos beneficios en primer lugar. Si sus beneficios son menos de lo que se puede recoger en el expediente de su marido, recibirá una combinación de pagos iguales a la cantidad mayor.

Artículos Relacionados