¿Puede un ex esposa recibir beneficios de Seguro Social de un marido muerto?

Si usted es un ex-esposa de un marido fallecido, usted es elegible para recibir beneficios de Seguro Social para sobrevivientes. La Administración de Seguridad Social pagó más de $ 4 mil millones en beneficios para sobrevivientes a 4 millones de personas viudas en 2009. Se le paga beneficios mensuales de sobrevivientes después de llegar a una cierta edad y ha satisfecho los requisitos del programa.


requisitos

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    Para que usted pueda recibir beneficios de sobrevivientes de Seguro Social Desactivar registro de muertos exmarido, debe cumplir con el requisito de una viuda o viudo. Usted debe ser al menos 60 años de edad y debe haber estado casada con él durante al menos 10 años. Usted todavía es elegible para recibir beneficios de sobrevivientes de su registro si se casa de nuevo después de la edad de 60 o 50 si son discapacitados.

Las cantidades de pago

  • Cantidad de sus beneficios son determinados por su edad. La Administración de Seguridad Social que paga el 100 por ciento de su tasa de beneficio completo si está en plena edad de jubilación, que es de 66, si usted nació entre 1945 y 1961 y 67 después de 1962. Hasta el 71,5 por ciento de su tasa de beneficio se paga a usted si usted está entre las edades de 60 a plena edad de jubilación o entre 50 y 59 y está incapacitado. Puede ser de cualquier edad y recibir el 75 por ciento si usted está cuidando a los niños de su difunto ex esposo que están bajo la edad de 16 años.

consideraciones

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    Si usted está cuidando a los niños a sus muertos ex marido que tengan 16 años o menos, que no tiene que cumplir la norma matrimonio. Las cantidades que reciba no afectan a los pagos recogidos por sus ex maridos actuales miembros de la familia, que en conjunto se limita a 180 por ciento de su tasa de beneficio completo. Sus beneficios pueden ser disminuido si tiene ingresos que no están cubiertos por la Seguridad Social, como las pensiones del gobierno.

Impuestos

  • Sus prestaciones de supervivencia se consideran compensación sujeta a impuestos por el Servicio de Impuestos Internos si tiene otros ingresos como rendimientos del trabajo o dividendos. El Servicio de Impuestos Internos grava hasta un 50 por ciento y 85 por ciento de los pagos a sus sobrevivientes a tasas normales impuestos si su ingreso es más de $ 25.000 y $ 34.000, respectivamente. Si está casado, el 50 por ciento de sus beneficios están sujetos a impuestos si el ingreso familiar supera los $ 32,000 y hasta el 85 por ciento se grava si supera los $ 44.000.

  • Crédito de la imagen: Jupiterimages / lunar / Getty Images
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