Los propietarios pueden condonar la deuda?

La deuda entre dos partes privadas puede ser perdonado en cualquier momento. Los propietarios pueden perdonar legalmente la deuda de sus inquilinos, siempre que sean el único dueño de la propiedad. El estímulo para este perdón de la deuda puede ser aumentar la probabilidad de que el pago total del alquiler futuro o un trueque donde los servicios o mejoras a la propiedad son intercambiados por los pagos de alquiler.


Condonación de la deuda

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    La deuda entre dos partes privadas, si las partes involucradas son personas físicas o morales, puede ser perdonado en cualquier momento. Del mismo modo que no existe una ley que prohíbe la entrega de dinero a alguien como regalo, no hay ninguna razón legal que el propietario no puede perdonar la deuda de los inquilinos. La deuda puede ser debido al impago de alquiler, los daños causados ​​a la propiedad o cualquier otra razón.

    Un requisito previo para tal perdón, sin embargo, es que la deuda está escrito de por el propietario y no un agente del propietario que carece de dicha autoridad. Si paga el alquiler a terceros, como por ejemplo un contador, que actúa como un simple agente, que tales personas o empresas no pueden perdonar la deuda sin el consentimiento expreso del propietario.

Planes de pago

  • Puede haber muchas razones para que un propietario puede desear para perdonar la deuda. Si el propietario está convencido de que el inquilino realmente carece de la capacidad de pago de la deuda pendiente en su totalidad, él o ella puede perdonar alguna del saldo pendiente a cambio de un plan de pago más realista. Un inquilino que siente que el desalojo es inevitable puede dejar de hacer pagos a pesar de que está dentro de su capacidad para pagar parte de la deuda pendiente. Si la garantía, dado que los pagos parciales eliminarán los procedimientos legales, sin embargo, los inquilinos son a menudo mucho más motivados a cooperar.

Permuta

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    Los propietarios también pueden perdonar una parte o toda la deuda pendiente a cambio de los servicios prestados por el inquilino. Un inquilino experto podría pintar la casa o realizar reparaciones o servicios de jardinería en varios inmuebles de su propiedad al arrendador, por ejemplo. Técnicamente hablando, este intercambio no es realmente el perdón, sino un trueque. Sin embargo, en muchos casos, un elemento de perdón que implica el que los servicios prestados por el inquilino se valoran menos que la cantidad de la deuda perdonada. El propietario puede creer que los costos legales y el esfuerzo involucrados en los procesos judiciales hacen tales perdón parcial factible.

Las consecuencias fiscales

  • Cualquier deuda que se le perdona, se grava como ingresos por el Servicio de Impuestos Internos. Por lo tanto, la ganancia neta del arrendatario como consecuencia de la deuda perdonada puede ser menor de lo previsto. Si, sin embargo, un trueque está involucrado, no será gravada la deuda que fue cancelada. Para probar que la deuda cancelada por el propietario era a cambio de los servicios prestados, obtener una declaración escrita, que posteriormente puede presentar al IRS. Si se realizó un intercambio parcial, documentar cuánto de la cantidad del préstamo fue perdonado frente trueque.

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