Puede cargar un ejecutor de un beneficiario con respecto a obligaciones?

El tema de la compensación albacea o representante personal (PR) puede ser un elemento conflictivo del proceso de establecimiento de estado. Los beneficiarios pagan indirectamente por los servicios del ejecutor cuando todos los honorarios fiduciarios se cargan a la finca antes de su distribución final a los herederos. Algunos estados tienen tasas que se establecen por ley. Otros estados establecen la compensación basada en criterios razonables y justas. Como ejecutor honorarios se basan en parte el valor del activo legalizado, los propietarios pueden optar por evitar la legalización cuando sea posible.


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Comisiones estatutarias

  • las tasas reglamentarias son fijadas por la ley estatal, no por el ejecutor, y por lo general se basan en el valor bruto de la finca probated según lo determinado por el valor de tasación inventario de propiedad, junto con los ingresos o beneficios netos obtenidos durante el período de sucesión. Por ejemplo, los honorarios legales de California comienzan en un 4 por ciento de los primeros $ 100.000, un 3 por ciento de los siguientes $ 100.000 y un 2 por ciento de los siguientes $ 800.000 y así sucesivamente hasta $ 25 millones después de que el tribunal de sucesiones establece una tarifa razonable.

Cuotas extraordinarias

  • Cuando el ejecutor realiza servicios a la finca que no se consideran parte de sus responsabilidades normales, puede cobrar una "cuota extraordinaria." Tales actividades pueden incluir la recopilación y preparación de declaraciones de impuestos, la negociación de los contratos de venta o el funcionamiento de negocios del difunto. En ausencia de una objeción de las partes interesadas, el ejecutor de una finca no probated puede añadir una cantidad razonable por estos servicios en la parte superior de las cuotas fijas estatutarias. En una finca legalizado, cuotas extraordinarias deben ser aprobados por el tribunal.

Cuotas fijas

  • En años anteriores, la mayoría de las tasas reglamentarias estatales se fijaron en función del tamaño de la finca. Poco se tuvo en cuenta la facilidad o dificultad de las tareas realizadas por el ejecutor o el abogado de la finca. A pesar de que el ejecutor representado por un abogado a menudo se realiza muy pocas funciones, que se otorgaría la misma cuota fija como pagados al abogado contratado que hizo la mayor parte del trabajo. Esta estructura de tarifas rígida y arbitraria a menudo resultó en cargos excesivos para los asentamientos raíces simples y tarifas inadecuadas para procedimientos complejos.

tasas razonables

  • En 1969, la Conferencia Nacional de Comisionados sobre Leyes Estatales Uniformes en asociación con la American Bar Association introdujo el Código Testamentario Uniforme (UPC) a ser adoptado por todos los 50 estados. Hasta la fecha, menos de la mitad de los estados han adoptado el código en su totalidad, pero todos han tomado porciones modificadas del código en sus leyes estatales. Una de las disposiciones de la UPC es la Sección 3-721, que aborda la cuestión de la "razonabilidad" de la compensación representante personal. Muchas cortes de pruebas estatales ahora utilizan el criterio razonable para determinar la compensación apropiada por el trabajo realizado. Bajo este criterio, los fiduciarios pueden ser compensados ​​de manera más equitativa por sus servicios.

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