Normas de elaboración de Seguridad Social para las personas divorciadas

Las personas que trabajan y pagan impuestos de Seguridad Social tienen derecho a recibir los beneficios de jubilación de la Seguridad Social. Si usted es el cónyuge o el cónyuge divorciado de una persona que tiene derecho a recibir estos beneficios, también tiene derecho a recibir los beneficios de jubilación en base a su cónyuge o el trabajo del ex-cónyuge. Para poder recibir estos beneficios, sin embargo, debe cumplir con algunos requisitos y normas establecidas por la Administración de Seguridad Social.


Normas sobre el matrimonio

  • A partir de 2011, si está divorciado y su ex-cónyuge ha pagado el impuesto de Seguridad Social durante al menos 10 años, usted podría tener derecho a recibir beneficios de jubilación en base a los registros de trabajo de su ex-cónyuge. Una de las reglas relativas a las prestaciones es la duración de su matrimonio, sin embargo. Debe haber estado casado con su ex cónyuge durante al menos 10 años- consecutiva de lo contrario, usted no es elegible para recibir estos beneficios basados ​​en su trabajo.

Tu estado civil

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    A partir de 2011, para poder recibir los beneficios de jubilación basados ​​en el trabajo de su ex-cónyuge, también debe estar soltera. Si se ha vuelto a casar, pero su segundo matrimonio terminó debido a su divorcio, anulación o la muerte, sin embargo, aún puede calificar para recibir estos beneficios basados ​​en el trabajo de su primer cónyuge. Si usted tiene derecho a recibir los beneficios de la obra de su última esposa, debe elegir el que sea mayor. No puede recibir beneficios para ambos.

Reglas de edad

  • Video: Advisory Council Meeting, 16 October, London

    Para recibir estos beneficios como un ex-cónyuge, usted debe tener 62 años de edad o más. Si usted está incapacitado, puede recibir estos beneficios a los 50 años si se cuida a su e hijo natural o adoptado legalmente de su ex-cónyuge que es menor de 16 años o incapacitado, puede recibir estos beneficios a cualquier edad.

Normas en materia de divorcio

  • En general, usted no puede recibir beneficios hasta que sus archivos ex-cónyuge de beneficios. Sin embargo, si se ha divorciado desde hace más de dos años, puede solicitar estos beneficios tan pronto como llegue a su edad de elegibilidad.

Reglas con respecto a sus propios beneficios

  • Sólo puede recibir beneficios de jubilación como un ex-cónyuge, si sus beneficios en base a su propio trabajo son iguales o inferiores a los beneficios que puede recibir basados ​​en el trabajo de su ex-cónyuge. La Administración de Seguridad Social paga sus propios beneficios en primer lugar, pero si los beneficios basados ​​en el registro de su ex-cónyuge son más altos, la Administración de Seguridad Social combina los beneficios de tal manera que recibe los más altos beneficios que tienen derecho a recibir. Sin embargo, a partir de 2011, se puede optar por recibir sus beneficios de ex-cónyuge en plena edad de jubilación y retrasar sus propios beneficios hasta que cumpla los 70 años de edad Si es así, usted es elegible para recibir una cantidad mayor de sus propios beneficios, ya sus beneficios aumentan a una tasa anual hasta llegar a los 70 años.

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