¿Qué impuestos ¿Reditúa un ministro ordenado?

Un ministro ordenado es un empleado de hecho de una iglesia para propósitos de impuestos y se grava sobre las ofertas, salarios y honorarios por servicios ministeriales. Por lo tanto, un ministro puede tener que pagar un impuesto por cuenta propia una a cuatro veces al año, dependiendo del número de empleados en su iglesia. Para recibir exención de impuestos, un ministro debe ser responsable de una congregación, considerado un líder por su respectiva denominación y llevar a cabo los servicios religiosos.


Impuesto por cuenta propia

  • A efectos fiscales, una iglesia en general, considera que su ministro ordenado como sacerdotes. En consecuencia, un ministro tiene un estado impuesto dual, lo que significa que el Servicio de Impuestos Internos (IRS) la considera un empleado para propósitos de impuestos y un trabajador autónomo en la Seguridad Social. Cuando un ministro trabaja para una iglesia, la iglesia puede retener el impuesto sobre la renta. El ministro, sin embargo, debe pagar el Medicare y cargas sociales a sí misma en un pago trimestral de impuestos por cuenta propia o pidiendo a su empleador a retener parte de sus ingresos con un formulario W-4 del IRS. En general, un ministro debe pagar impuestos por cuenta propia en los salarios devengados, su subsidio de vivienda y por el valor justo de alquiler de una propiedad en la que el ministro puede vivir.

Ofrendas y cargos

  • Cuando el pago de impuestos sobre los salarios, un ministro debe incluir el ingreso adicional que recibe de las ofertas de placas y honorarios para realizar ceremonias religiosas, como bodas, funerales y bautizos. Sin embargo, si las ofertas y las tasas se pagan a la iglesia, un ministro no tiene que pagar impuestos por ellos. Una consideración adicional es el impuesto de la renta recibe un ministro de trabajo religioso realizado fuera de su iglesia. Incluso si un ministro da su iglesia el dinero obtenido por la realización de trabajos fuera de la institución, que todavía debe reclamar las ganancias como ingresos. Por otra parte, el ministro puede recibir una deducción de impuestos contribución de caridad para los fondos que ganó y dio a la iglesia.

Seguridad Social y Medicare

  • En ciertas circunstancias, un ministro puede estar exento del pago de impuestos de la Seguridad Social y Medicare (SE) si optado por que la cobertura de la Seguridad Social mediante la presentación de la Forma 2031 al IRS para los años fiscales 1986, 1987, 2000 o 2001, o si él eligió para tener cobertura de la Seguridad Social por los servicios como un ministro antes del año 1968. para estar exento del impuesto sE, un ministro debe oponerse seguro público debido a las prácticas de su denominación religiosa o por motivos religiosos individuales, presentar un formulario del IRS 4361 por razones distintas de las que son económicos, informar a su iglesia de su oposición pública a los seguros públicos y su iglesia debe ser parte de una organización religiosa exenta de impuestos, establecida. Un ministro puede solicitar la exención de impuestos SE en sus ingresos por cuenta propia, así como el ingreso de un empleador exento de impuestos proporciona. Sin embargo, un ministro no está exento de pagar el impuesto SE si recibe los beneficios del Seguro Social a menos que devuelva todos los beneficios dados a él y presenta un formulario del IRS 4029.

Subsidio de vivienda y el alquiler valor razonable de un Parsonage

  • Mientras que un ministro general tiene que pagar impuestos sobre los subsidios de vivienda recibidos o el valor justo de alquiler de una casa parroquial, que puede estar exento de este impuesto si se negocia las disposiciones para los servicios ministeriales, tareas administrativas o acordado circunstancias. La exención en subsidios de vivienda recibidos o el valor justo de alquiler de una casa parroquial se aplica sólo a impuestos sobre la renta, no impuesto SE. Para una asignación de vivienda a sea exento, una iglesia debe designar el pago como tal antes de emitir los fondos.

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