Beneficios DIC para un cónyuge sobreviviente de un veterano fallecido

Miles de estadounidenses reclutas y voluntarios de las Fuerzas Armadas han servido para proteger a los Estados Unidos de América. A cambio de los sacrificios que han hecho, los EE.UU. está comprometido con el cuidado de los miembros supervivientes de la familia de sus miembros en servicio activo y los veteranos fallecidos cualificados. El programa de Dependencia e Indemnización (DIC) es una parte de ese compromiso e incluye la asignación de los beneficios para el cónyuge sobreviviente de un veterano calificado.


DIC veteranos calificados

  • Video: NABOKOV MY MOST DIFFICULT BOOK- Subtítulos en Español

    Los veteranos calificados han sufrido una lesión o enfermedad incapacitante durante el entrenamiento o en servicio activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos. El Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) clasifica y compensa estos individuos como los veteranos relacionadas con el servicio. Un cónyuge elegible de un veterano relacionada con el servicio fallecido tiene derecho a recibir los beneficios DIC.

Sobrevivir a la elegibilidad del cónyuge

  • El cónyuge sobreviviente tiene derecho a beneficios DIC si ella estaba casada con un veterano relacionada con el servicio durante un mínimo de un año antes de su muerte. El cónyuge tiene derecho a recibir los beneficios DIC para una conectados no el servicio de causas de muerte si el veterano fallecido fue del 100 por ciento de servicios conectados por un mínimo de 10 años antes de su muerte. El cónyuge sobreviviente tendrá que ponerse en contacto con la Administración de Veteranos con la prueba de la relación de presentar una reclamación para recibir beneficios DIC. El VA dejará beneficios DIC si el cónyuge sobreviviente se vuelve a casar antes de los 57 años el VA reintegrar a los beneficios cuando el cónyuge llega a los 57 años o si el nuevo matrimonio termina en la muerte o el divorcio.

El derecho básico

  • Si un veterano relacionada con el servicio murió antes del 1 de enero de 1993, su cónyuge sobreviviente recibirá un derecho basado en último grado de pago de servicio activo del veterano. A partir de 2009, el cónyuge sobreviviente de un veterano cuyo pago final de grado fue E-1 a E-6 recibieron $ 1.154 por mes, y el derecho para las categorías salariales E-7 a E-9 osciló entre $ 1.194 y $ 1.419 por mes. A partir de 2009, el cónyuge sobreviviente de un veterano que murió después de enero 1 de 1993 recibió $ 1.154 por mes. Después de 2009, no había un costo de vida aumento asignación, por lo que las cantidades de ayuda social fueron los mismos para el año 2010.

Cónyuge sobreviviente con los niños

  • Un cónyuge sobreviviente recibirá un adicional de $ 286 por mes para cada uno de los hijos menores de los veteranos que son menores de 18 años y no está casado. Si el hijo de un veterano asiste a un colegio o universidad aprobada VA, el derecho para ese niño se extiende hasta los 23 años si el hijo del veterano está desactivado, el derecho es un beneficio de por vida. El cónyuge sobreviviente recibirá un $ 250 por mes estipendio de transición para un máximo de dos años, mientras que los niños menores de los veteranos están en el hogar. Si los niños de los veteranos ya no están en la casa antes del final del período de dos años, los pagos de transición cesará.

Beneficios adicionales DIC

  • Un cónyuge sobreviviente tiene derecho a recibir un beneficio adicional DIC de $ 246 por mes si se cumplen las siguientes condiciones: el veterano fallecido fue identificado como tener una discapacidad relacionada con el servicio 100 por ciento durante un mínimo de ocho años que precedieron a la muerte, y el cónyuge vivió con el veterano durante el mismo período de ocho años. El VA paga un adicional de $ 286 por mes para un cónyuge que requiere asistencia y ayuda. Un pago adicional de $ 135 por mes se concede si el cónyuge sobreviviente está obligado a casa.

Artículos Relacionados