Definición de abandono en la Ley de Divorcio de Illinois

La mayoría de los estados reconocen ahora "sin culpa" divorcio y permiten al cónyuge para presentar debido a "diferencias irreconciliables". Sin embargo, muchos estados, incluyendo Illinois, todavía tienen la culpa del divorcio, en el que un cónyuge debe establecer las bases para el divorcio. Teniendo motivos significa uno de los cónyuges tiene la culpa por el colapso de la unión.


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Residencia

  • Un corte de Illinois sólo se escuchará un proceso de divorcio si al menos uno de los cónyuges cumple los requisitos de residencia del estado. Bajo 750 Illinois Compilado Estatutos Capítulo 5, Sección 401 (750 ILCS 5/401), uno de los cónyuges debe mantener una residencia o ser estacionados con los militares en Illinois por lo menos 90 días antes de la presentación.

Jardines

  • 750 ILCS 5/401 establece los doce causales de falta de divorcio, incluyendo la impotencia, el adulterio, el abuso y la bigamia de uno de los cónyuges. El abandono es otro motivo para el divorcio reconocido en Illinois. Abandono, también llamada deserción, se produce cuando uno de los cónyuges deja voluntariamente la residencia conyugal durante un año consecutivo, con la intención de regresar.

defensas

  • La ley de Illinois protege a un cónyuge inocente. Si el cónyuge se cerró la puerta de la residencia conyugal en contra de su voluntad, se puede defender con éxito contra una demanda que ella abandonó / ​​abandonó el cónyuge de presentación. Además, un cónyuge que es forzado a salir de la residencia conyugal debido a la conducta del otro cónyuge, incluyendo el abuso de alcohol o habitual y el consumo de drogas, no puede ser etiquetado como un desertor. Tal provocación elimina el requisito del estado que los cónyuges para el abandono voluntario. Sin embargo, que los cónyuges puede ser capaz de presentar una demanda de divorcio en virtud de otros motivos de fallo en base a la conducta del otro cónyuge.

Consecuencias

  • En general, los motivos no afectan a las cuestiones pendientes del matrimonio y no son más que la razón, un tribunal concederá el divorcio. Sin embargo, en algunos casos, el tribunal tendrá en cuenta la culpa del cónyuge para poner fin al matrimonio, incluyendo si el cónyuge abandoneds su familia. Bajo 750 ILCS 5/602, custodia de los hijos se determina de acuerdo a lo que está en el "interés superior del niño." Esto significa que si el padre es un desertor, y no ha pasado mucho tiempo con su hijo durante el año que abandonó la residencia conyugal, es poco probable que un tribunal le conceda única o incluso la custodia compartida. Sin embargo, todavía tendrá el derecho de visitas con su hijo.

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