Se puede perder sus armas en una quiebra?

exenciones de quiebra y valores de propiedad determinar qué activos se puede mantener en una bancarrota del capítulo 7 y la cantidad que tiene que pagar en una bancarrota del capítulo 13. Si es el propietario armas, el estado en que vive y la cantidad de las armas valen puede jugar un papel en si puede mantenerlos.


Activos masa de la quiebra

  • Cualquier arma que le pertenecen al presentar su caso de bancarrota se convertirán en un principio parte de la masa de la quiebra, junto con el resto de su propiedad. La masa de la quiebra se compone de todos sus activos y pasivos. a la propiedad inmobiliaria ya no es de su propiedad. Cuando presente un caso del Capítulo 7, el síndico de la quiebra puede vender bienes raíces y utilizar el dinero para pagar a sus acreedores. En un caso del Capítulo 13, usted debe pagar el fiduciario suficiente para proporcionar al menos el valor del patrimonio a sus acreedores. Sin embargo, puede proteger su propiedad y reducir el valor de la finca mediante el uso de excepciones.

Exenciones federal o estatal

  • Sección 522 de la Ley de Quiebras, que es el código federal que administra la quiebra, tiene una lista de los bienes que se puede eximir de la masa de la quiebra. La mayoría de los estados también tienen leyes que la lista de excepciones de propiedad, y el artículo 522 le otorga el derecho a elegir si va a utilizar las exenciones que prevé exenciones o las leyes de su estado proporcionan.

Cómo Exenciones ayuda en Capítulo 7

  • Sus excepciones, si reclamado correctamente, evitan que el fiduciario de tomar su propiedad exenta y venderlo en un caso del Capítulo 7. Si usted es capaz de eximir a sus armas de fuego, el fiduciario no puede apoderarse de ellos. Si usted presenta un capítulo 7 y no puede eximir a sus armas de fuego, es posible que pueda poner en peligro con el fiduciario pagándole --- comprar esencialmente las armas de fuego de la finca.

Cómo Exenciones ayuda en Capítulo 13

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    Usted puede ser capaz de proteger a las armas de fuego no exentos mediante la presentación de un caso del Capítulo 13. Las excepciones en un caso del Capítulo 13 sólo determinan la cantidad que debe pagar a su creditors- sin garantía que son capaces de mantener todas sus propiedades, independientemente de si o no se puede eximir a ella. Puede pagar el valor de la finca con el tiempo y quedarse con todo, incluyendo sus armas.

Exenciones para armas de fuego

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    El Código de Quiebras no tiene una exención específica para las armas de fuego. Si elige las exenciones federales enumerados en la Sección 522, su única opción de eximir a las armas es utilizar lo que se conoce como la exención comodín. Sección 522 (d) (5) establece que se puede eximir de hasta $ 1.150 en el valor de cualquier propiedad, además de hasta $ 10 825 de cualquier exención de vivienda no utilizada. Muchos estados, sin embargo, como Michigan y Texas, tienen excepciones específicas para las armas de fuego.

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