Cómo cambiar los beneficiarios de un fideicomiso irrevocable de estar en California

En California, todos los fideicomisos son revocables a menos que el fideicomitente - confianza creador - afirma lo contrario. Haciendo que el fideicomiso irrevocable ofrece una mayor protección de los activos a cambio de hacer la confianza más difícil para el constituyente para cambiar. Todos los fideicomisos de caridad no válidos en California deben tener los beneficiarios. Si desea cambiar los beneficiarios en su confianza - añadir un nuevo nieto a los beneficiarios, por ejemplo - el Código Testamentario de California le da maneras de hacerlo, incluso si el fideicomiso es irrevocable.

  • Lea el contrato de fideicomiso. Es posible escribir motivos de modificación en un fideicomiso irrevocable. Si esta confianza incluye una disposición de este tipo, y se aplica en sus circunstancias actuales, sólo tienes que seguir el procedimiento.

  • Buscar errores en el documento del fideicomiso o cambios en las circunstancias de los beneficiarios que podrían convencer a un tribunal de reforma de la confianza. Si descubre que quien escrito su declaración de confianza omite un beneficiario, por ejemplo, un tribunal podría estar de acuerdo que es una razón válida para cambiar incluso un fideicomiso irrevocable.

  • Hablar con el fideicomitente y los beneficiarios si no puede encontrar otras razones para un cambio. Si todo el mundo está de acuerdo en que la confianza tiene que ser modificado - el constituyente quiere añadir un nuevo nieto como beneficiario, por ejemplo - a continuación, puede hacerlo sin ningún problema.

  • Presentar una petición en la corte si usted no tiene un acuerdo unánime. Si usted y la mayoría de los beneficiarios apoyar el cambio, un juez tendrá en cuenta que, siempre que el cambio no causa una pérdida sustancial a los beneficiarios que se oponen a ella. Si se opone a un cambio que sus beneficiarios apoyan por unanimidad, que podría ser capaz de persuadir a un tribunal para hacer el cambio a pesar de su oposición.

Consejos advertencias

  • Si uno de los beneficiarios es menor de edad, mentalmente incompetente o un niño no nacido, el tribunal puede designar a un tutor ad litem para representar sus intereses.
  • Si los documentos de confianza identifican a alguien no nacido como un beneficiario - y por lo tanto, posiblemente, con derecho a la representación - "la presunción de la fertilidad es rebatible." Es decir, alguien en el caso puede cuestionar el supuesto de que alguna vez se nace el individuo.
  • Si un fideicomiso define vagamente los beneficiarios como "herederos" del fideicomitente o "familiares" un juez puede limitar el número que debe ser consultado acerca de un cambio a los herederos con más probabilidades de heredar.
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