¿Debo presentar los impuestos si estoy jubilado?

Si recibe ingresos regulares, ganados o no ganados, puede que tenga que presentar los impuestos a lo largo de la jubilación. De acuerdo con las regulaciones del Servicio de Impuestos Internos, si debe presentar impuestos si le retiran depende de varios factores. Estos incluyen su estado civil, edad, nivel de ingresos y las fuentes de sus ingresos.


Requisitos de presentación

  • Si recibe ingresos brutos, con exclusión de la Seguridad Social, superior a $ 3.950 usted debe buscar en las tablas del IRS en los requisitos de presentación. Se puede ver si la combinación de su estado civil, edad e ingresos requiere que usted presente. Por ejemplo, si usted fuera sola al final de 2014, 65 años o más y su ingreso fue de $ 11.700 o más, usted debe presentar.

Beneficiarios de la Seguridad Social

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    Si usted presenta su declaración de impuestos conjunta o casado casado por separado o en uno de los otros estados también afecta si debe presentar. Aquí es donde entran en consideración los límites de ingresos. Por ejemplo, si recibe beneficios del Seguro Social, el dinero puede ser sujeto pasivo en función de si ha recibido otras formas de ingreso y cuánto. En el año 2014, si la mitad de sus beneficios de Seguro Social cuando se añade a otros ingresos excede $ 25,000, entonces están obligados a presentar los impuestos. Si presenta con su cónyuge, el umbral se incrementa a $ 32.000.

Otras fuentes de ingresos

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    Si recibe las distribuciones de una IRA tradicional, tendrá que incluir en los ingresos brutos. Además, si recibe beneficios de jubilación en forma de una pensión o anualidad que su empleador financiado en su totalidad, esto es la utilidad gravable en el año recibió. Los ingresos por inversiones de todas las fuentes debe ser considerado. Las ganancias de cuentas que devengan intereses, los dividendos de las acciones y los ingresos de propiedad son tres ejemplos.

algunos Exclusiones

  • Cualquier beneficio que reciba a través del programa Medicare incluyendo el seguro de hospital y prestaciones complementarias no son ingresos gravables. asistencia pública en forma de dinero o alimentos también no es gravable. Recuerde también al considerar los ingresos que los beneficios para veteranos están excluidos de tributación. Cualquier otra pregunta que tenga pueden contestar en uno de los sitios de orientación tributaria ancianos del IRS. Teléfono al número gratuito 1-888-227-7669 para localizar la oficina más cercana.
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