¿Puedo llevar a mi hijo en mis impuestos si él está en el ejército?

Si usted tiene un niño menor de 19 años o que paga más de la mitad del apoyo de un hijo adulto, puede reclamarlo como dependiente en su declaración de impuestos. Normalmente, los niños deben vivir con usted por la mitad del año para que reclame en su declaración de impuestos. Sin embargo, si su hijo está en el ejército, se aplican reglas especiales.


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Ausencia temporal

  • El servicio militar es considerado como una ausencia temporal. Así, si un niño es menor de 19 años y en el ejército, que todavía se considera a vivir con sus padres. Se le puede reclamar como dependiente en sus impuestos a pesar de que no cumple con el requisito de residencia para reclamar dependientes.

Requisitos de edad

  • Su hijo debe estar bajo la edad de 19 años para que usted pueda reclamarlo como hijo calificado en su declaración de impuestos. Si su hijo es un estudiante de tiempo completo, además de servir en el ejército, que todavía lo puede reclamar como dependiente si él está bajo la edad de 24. Si su hijo es demasiado viejo para que usted pueda reclamar como hijo calificado, todavía puede ser capaz de reclamarlo como pariente calificado.

relativa clasificación

  • Si su hijo es demasiado viejo para que usted pueda reclamar como hijo calificado, todavía lo puede reclamar como dependiente, mientras que él está en el ejército si gana menos de $ 3,650 para el año y le proporcionará más de la mitad de su apoyo. Este escenario depende de lo que su hijo está haciendo en el ejército y lo mucho que lo están pagando más que la edad de su hijo.

Requisito de residencia

  • Su hijo debe vivir con usted cuando no está sirviendo en el ejército si quiere reclamarlo como hijo calificado. Sin contar las ausencias para el servicio militar, su hijo debe vivir con usted durante al menos 6 meses al año. Si está divorciado y vive con usted y su otro padre, el padre que normalmente lo reclama como dependiente debe seguir haciéndolo.

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