Periodo máximo de exclusividad en quiebra

El período de exclusividad de la quiebra se refiere al período de tiempo en una bancarrota del capítulo 11 para el deudor presentar un plan de reorganización. En concreto, este es el período de tiempo dentro del cual el deudor tiene el derecho exclusivo de presentar un plan. Una vez que pasa este periodo exclusivo, un acreedor o el fiduciario puede presentar su propio plan de reorganización. La cláusula de exclusividad del Código de Bancarrota promueve la resolución eficiente de los casos del Capítulo 11.


Período de exclusividad

  • En un caso de bancarrota del Capítulo 11, el deudor tiene 120 días a partir de la entrada de la orden para el alivio de presentar un plan de reorganización. El relieve fin se concede mediante la presentación del caso de bancarrota. El deudor también tiene 180 días a partir de la presentación del caso de bancarrota para obtener la aprobación del plan de reorganización de los acreedores y el tribunal.

Extensión

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    Un deudor Capítulo 11 no está obligado absolutamente por los requisitos de exclusividad de 120 días y 180 días. El deudor podrá solicitar extensiones de los períodos de exclusividad mediante la presentación de una moción en la corte. Dentro de su movimiento, el deudor debe establecer causa suficiente para la extensión, como el progreso en la creación de un plan y las negociaciones con los acreedores. Una restricción importante en la búsqueda de extensiones de exclusividad es que se debe presentar la moción que buscan alivio dentro de la exclusividad período- si presenta una extensión fuera de los períodos de 120 o de 180 días, los tribunales suelen rechazarla.

Las excepciones a la extensión

  • Un deudor Capítulo 11 está sujeto a ciertos límites legales en la búsqueda de prórroga del período de exclusividad. Estos límites impiden al deudor de sostener el proceso del Capítulo 11, y un deudor no puede solicitar una prórroga de la exclusividad del período de 120 días después de los 18 meses después de la presentación del caso. Un deudor también está impedido de solicitar una prórroga exclusividad del período de 180 días después de los 20 meses después de la presentación del caso.

Consecuencias

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    Si el deudor Capítulo 11 pierde exclusividad, un acreedor o el administrador de la quiebra puede presentar un plan de reorganización. Este hecho, sin embargo, no impide que el deudor sigue siendo la presentación de su plan de reorganización. Sin embargo, el deudor tendrá que competir con el plan presentado por otra entidad, y no es por lo general en el mejor interés del deudor. A menudo, el deudor desea negociar con cualquier acreedor que pretende presentar un plan de reorganización para ver si el acreedor mantenerse a distancia de la presentación del plan.

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