Usted puede recibir cupones para alimentos si usted no es un ciudadano de Estados Unidos?

Los inmigrantes que no son ciudadanos de Estados Unidos pueden ser elegibles para recibir cupones de alimentos en ciertos casos, de acuerdo con el Servicio de Alimentación y Nutrición, el organismo que regula el programa de cupones de alimentos a nivel federal. Además de cumplir con los límites de ingresos y recursos financieros para todos los solicitantes, cupones de alimentos, no ciudadanos deben cumplir con otros requisitos. Ciertos solicitantes que aún no han alcanzado la ciudadanía pueden ser automáticamente elegibles.


Lo esencial

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    Los no ciudadanos pueden ser elegibles para cupones de alimentos si son inmigrantes legales que han vivido en los Estados Unidos por cinco años. Independientemente de la fecha de entrada, los inmigrantes legales también pueden ser elegibles si reciben asistencia o beneficios relacionados con la discapacidad, o son niños. Otros no ciudadanos pueden ser elegibles si ellos ganaron la admisión en el país por razones humanitarias o recibieron permiso para entrar a la residencia permanente. No ciudadanos elegibles pueden recibir cupones de alimentos, incluso si otros miembros de su familia no son elegibles.

Grupos elegibles

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    Unos grupos estrechos de los no ciudadanos, tales como los nacidos en Samoa Estadounidense o de la Isla de Swain, son automáticamente elegibles para cupones de alimentos si cumplen con las limitaciones financieras para todos los solicitantes. Otros deben ser "extranjeros calificados", según lo determinado por el Servicio de Inmigración y Naturalización. Los refugiados y los inmigrantes que llegaron al país después de recibir el asilo se encuentran entre los grupos de extranjeros cualificados que pueden recibir cupones de alimentos inmediatamente. Los inmigrantes que se encontraban en el país legalmente a partir del 22 de agosto de 1996, y que son ya sea menor de 18 años o nacidos antes del 22 de agosto de 1931, del mismo modo son elegibles. Otro grupo es elegible inmigrantes que están legalmente en el país y que reciben pagos del gobierno para la ceguera o una discapacidad.

Los períodos de espera

  • Otros no ciudadanos pueden recibir cupones de alimentos, pero sólo después de un período de espera. Los residentes permanentes legales son elegibles después de obtener 40 créditos de trabajo. Otros residentes permanentes legales pueden ser elegibles si han estado en los EE.UU. durante cinco o más años. Ciertos otros grupos, incluidos los cónyuges y niños maltratados, o padres e hijos de personas maltratadas, también pueden ser elegibles si han sido un residente legal durante al menos cinco años. Dentro de estos grupos, ninguna persona menor de 18 años es elegible para cupones de alimentos sin un período de espera.

No elegible

  • las pautas del Servicio de Alimentación y Nutrición prohíben los no ciudadanos de recibir estampillas de comida si el INS no les ha concedido la condición de cualificado y que no están exentos de las restricciones relativas a los inmigrantes. Ejemplos de ello son los estudiantes y los extranjeros que han sido calificados por menos de cinco años. Los inmigrantes indocumentados, como residentes temporales cuyas visas han expirado o que entraron sin visa, así mismo son elegibles.

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