Cómo Decorar Prestaciones de la Seguridad Social para apoyar la espalda del niño

Si el tribunal determina que debe pagar la manutención de niños, debe seguir el fracaso orden- a pagar a cabo en desacato. Si un padre está atrasado en los pagos de manutención, el padre que recibe el soporte puede solicitar una audiencia para determinar si un sueldo o ingreso embargo es apropiado. Aunque muchos beneficios federales y estatales están exentos de embargo para la mayoría de las deudas, prestaciones de la Seguridad Social puede ser embargado para pagar la manutención.

  • Localizar una copia de la orden judicial para la manutención de los hijos. Si estaba casado y divorciado, la sentencia de divorcio debe incluir una orden de manutención. Del mismo modo, si usted no estaba casado, pero legalmente establecido la paternidad a través de un procedimiento judicial, la orden final debe incluir una orden de manutención.

  • Solicitar una audiencia judicial sobre los atrasos. Usted puede presentar una petición formal para contempt- Sin embargo, muchos cortes aceptan una simple carta explicando que el padre condenada en apoyo está detrás y por cuánto. Usted debe hacer la petición con el tribunal que ordenó originalmente los pagos de manutención.

  • Asistir a la audiencia en la corte en el desprecio. En la mayoría de los sistemas judiciales, los pagos de manutención pasar por el secretario de la corte para que el tribunal debe tener un registro de la arrears- sin embargo, vienen preparados para dar el juez cifras exactas mismo.

  • Solicitar un embargo en la audiencia. Mientras que el padre que paga de soporte está presente, el juez puede investigar en cuanto a ganancias o ingresos, tales como prestaciones de la Seguridad Social. Entonces, el juez puede ordenar un embargo de esos beneficios en la audiencia.

  • Servir a la Administración de la Seguridad Social con la orden. En la mayoría de los casos, el tribunal se hará cargo de servicio para usted. Si, sin embargo, el tribunal no sirve a la orden en su nombre, puede servir a la Administración de la Seguridad Social puede ser servido por correo una copia de la orden, por correo certificado, al Consejo General de la Administración de la Seguridad Social.

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