California Leyes de luces de la bicicleta

California tiene seguridad de la bicicleta en serio, y el estado tiene leyes específicas con respecto a luces de la bicicleta y reflectores escrito en su código vehículo. Las leyes describen la visibilidad mínima necesaria - un faro delantero blanco, reflector trasero rojo y reflectores laterales blancas, amarillas o rojas - pero los ciclistas pueden añadir luces opcionales o realizar ajustes que ayudan a su visibilidad.


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blanco de la linterna

  • Por el Código de Vehículos de California, sección 21201, bicicletas deben tener un faro blanco conectado a la parte delantera de la bicicleta o para el ciclista. La luz debe ser visible para 300 pies si mirando el ciclista desde el frente y los lados. El faro debe ser lo suficientemente fuerte como para que el ciclista puede ver el camino delante de la moto.

Reflector trasero roja o Luz

  • La misma sección del código requiere que los ciclistas a tener un reflector rojo en la pared posterior de la moto. Cuando faros de los coches regulares brillan en el reflector, los destellos resultantes deben ser visibles por lo menos 500 pies detrás de la bicicleta. La Universidad de Stanford señala que los ciclistas pueden utilizar una luz roja, como una luz trasera, además de un reflector. La luz trasera será más visible.

Los reflectores laterales

  • En California, los dos pedales deben tener reflectores amarillos o blancos. Alternativamente, los ciclistas pueden usar reflectores en sus zapatos o los tobillos. Cuando la luz incide sobre los reflectores, que deben ser visibles a 200 pies. Ambos neumáticos de la bicicleta deben tener ya sea un conjunto de dos reflectores, o los neumáticos deben ser reflectoras. Si el ciclista se decanta por los reflectores, tiene que haber un reflector de color blanco o amarillo en la mitad delantera de la moto y un reflector rojo o blanco en la mitad posterior. Los reflectores deben ser visibles desde ambos lados.

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