¿Usted necesita una licencia de navegante a conducir un barco en California?

A diferencia de otros estados con los requisitos de licencia, usted no necesita una licencia especial para operar un barco en California. Sin embargo, ciertas regulaciones dictan que puede operar un barco en aguas del estado.


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Requisitos de edad

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    Debe tener 16 años o más para operar una embarcación motorizada de 15 caballos de fuerza o más en aguas de California por sí mismo. Esta restricción incluye motos acuáticas. Los navegantes de 12 años y mayores pueden operar una embarcación motorizada, siempre y cuando están bajo la supervisión de un adulto 18 años de edad o más.

Clases seguridad de navegación

  • Se requieren los navegantes a pasar una clase de seguridad de navegación aprobado por el Departamento de Navegación y Vías de California si son declarados culpables de violar Código de Puertos y Navegación, las Reglas Federales de los reglamentos de navegación por carretera o estatales. Si es declarado culpable de una violación, una persona debe completar el curso y presentar la prueba del cumplimiento dentro de los siete meses de la condena.

Las restricciones de tiempo

  • Pilotos no pueden utilizar motos acuáticas de 13 pies o más corto desde la puesta hasta la salida del sol en las aguas de California. Esto incluye motos acuáticas con las luces de navegación adecuadas.

  • Foto del puerto de crédito por Byron Moore de Fotolia.com
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