La ley Cuenta Nueva Jersey conjunto del Banco

Usted puede optar por abrir una cuenta bancaria conjunta con su cónyuge, un pariente cercano o un amigo. En cualquier caso, la ley de Nueva Jersey protege generalmente la cuenta del copropietario de cualquier desgracia que pueden sobrevenir personal, como un cobrador viene después de su dinero o incluso su muerte.


Propiedad

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    Bajo la Sección 17: 161-4 del Código de Nueva Jersey, una cuenta bancaria conjunta pertenece a sus copropietarios en igual proporción a la cantidad de dinero en la cuenta de cada uno de ellos depositada. Si se trata de una cuenta de ahorros, puede ser que sea posible rastrear el origen de los depósitos realizados. Pero si se trata de una cuenta de cheques, con el dinero en movimiento regular de la cuenta, así como en él, podría ser más difícil de probar lo que parte del saldo que usted contribuyó y qué porción de la otra parte aportado. Nueva Jersey tiene una ley predeterminada para cubrir estas circunstancias. Si no puede localizar a los depósitos en una cuenta atribuirlos a un propietario u otra, entonces cada uno de vosotros posee la mitad de la cuenta.

Gravámenes y embargos

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    Si un acreedor obtiene una sentencia en su contra por el dinero que debe, se podría tratar de imponer o embargar su cuenta conjunta. Sección 17: 161-4 no lo permite. A condición de que la persona que co-propietario de la cuenta con la que no es también un co-deudor por el préstamo se agregue al fallo, el acreedor sólo puede tomar la mitad del saldo de la cuenta - su medio. Por desgracia, le toca al acreedor a ser honorable, o para que el banco da cuenta de esto. En cualquier caso, el banco podría congelar todo el dinero en la cuenta si el acreedor presenta el juicio y lo solicite. El dinero no va directamente al acreedor en Nueva Jersey, sin embargo. El banco congela la cuenta durante un período de unas pocas semanas, mientras que el acreedor presenta una moción con la corte para convertir el dinero congelado. Tiene poco tiempo para responder al movimiento con una prueba de que la cuenta es conjunta. El tribunal ordenará que el banco sólo puede liberar la mitad del dinero al acreedor.

Bancarrota

  • En una bancarrota del capítulo 13, sólo se tiene que declarar la mitad de los fondos en una cuenta bancaria conjunta como su activo, a menos que el copropietario es su cónyuge. En una bancarrota del capítulo 13, que está entrando en un plan para pagar sus deudas, y los recuentos de ingresos de su cónyuge como una porción de su ingreso familiar. En una bancarrota del capítulo 7, se puede utilizar una exención “comodín” para proteger su mitad del dinero en una cuenta de hasta $ 9,650. Si su co-propietario de la cuenta es su cónyuge y que declararse en quiebra en forma conjunta ya que también tiene deudas conjuntas, se puede duplicar esa exención, lo que podría proteger a toda la cuenta.

Legalización de un testamento

  • Si usted co-propietario de una cuenta conjunta con alguien y uno de los dos muere, Nueva Jersey generalmente permite que el otro co-propietario para eliminar la mitad del dinero en la cuenta mediante la presentación de una copia del certificado de defunción al banco. La herencia del difunto posee la otra mitad de la cuenta conjunta, y esto debe pasar a través de sucesiones. Existen algunas excepciones si su co-propietario no es un pariente cercano. Nueva Jersey impone impuestos a la herencia y raíces, por lo que el titular sobreviviente tendría que firmar una renuncia fiscal por la cantidad retirada que no es parte de la finca.

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