Sección de Propietarios 8 Información

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano, o HUD EE.UU., financia el programa de la Sección 8 de Vales de Elección de Vivienda. Este programa permite a las familias de bajos ingresos que califican para pagar el 30 por ciento de su ingreso total del hogar para el alquiler. HUD paga la parte restante del alquiler con un comprobante de pago de asistencia para vivienda. La Selección de Vivienda permite que el portador de un vale para vivir en cualquier unidad de alquiler que se elija, siempre y cuando el dueño de la propiedad acepta el pago de vales de HUD. Este programa es administrado a través de las autoridades locales de vivienda. La autoridad de vivienda es responsable de determinar el alquiler del inquilino y el pago de parte de la renta del dueño de la propiedad de HUD. El inquilino paga su parte del alquiler directamente al dueño de la propiedad.


Pautas del programa

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    Se requerirá que el dueño de la propiedad de presentar un contrato de arrendamiento, prueba de la propiedad, una identificación del gobierno y una W-9 cuando es aceptado en el programa. Se requieren los propietarios de la Sección 8 para mantener una carga alquiler asequible para los tenedores de vales. Estos alquileres de mercado razonables se determinan por HUD sobre una base anual. Alquileres de mercado justos varían de acuerdo al condado. El propietario no puede participar en el programa hasta que encuentra un inquilino con una válida Sección 8.

La publicidad de los inquilinos de la Sección 8

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    El propietario tendrá que anunciar que acepta inquilinos de Sección 8. Puede solicitar que su propiedad añadido a HUD y de la Sección 8 lista de los alquileres del sitio web de la autoridad de vivienda. Usted también puede anunciar en el periódico que usted acepta vales de Sección 8. Una vez que el solicitante ha sido adecuadamente evaluado y aceptado, puede presentar una "solicitud de aprobación de arrendamiento" con la autoridad de vivienda. La Autoridad de Vivienda programará una inspección de su unidad de alquiler antes de aceptar en el programa.

Normas de Calidad de Vivienda

  • unidad de alquiler del dueño de la propiedad debe cumplir con los Estándares de Calidad de Vivienda de HUD. Estas normas garantizan que la unidad de alquiler está en condiciones seguras y dignas para el inquilino para vivir. La inspección pondrá a prueba la calidad del suministro de agua, detectores de humo. El inspector evaluará la seguridad de la unidad, las condiciones sanitarias de la unidad y poner a prueba las instalaciones de preparación de alimentos y sanitarias. Si la unidad pasa la inspección inicial, el propietario puede avanzar en la tramitación de la solicitud del arrendatario. Si la unidad no pasa la inspección, se le proporcionará una lista de deficiencias que deben corregirse antes de que el inquilino puede mover dentro de la unidad. HUD requiere que la unidad sea inspeccionada anualmente.

Las modificaciones razonables de acuerdo con la Ley de Vivienda Justa

  • Se requieren los propietarios de la Sección 8 de propiedad para permitir una modificación razonable para un inquilino con una discapacidad. Una modificación razonable se define como un cambio estructural a una premisa existente para una persona con una discapacidad para disfrutar de acceso completo de la unidad. Ejemplos de una modificación razonable son la instalación de una rampa de silla de ruedas a la entrada primaria, o barras de apoyo en un cuarto de baño. Bajo la Ley de Vivienda Justa, el inquilino es responsable de pagar los gastos de modificación razonables.

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