La ley extintor Florida

leyes extintor de incendios en la Florida están diseñados para salvar vidas. Todos los extintores deben ser probados adecuadamente para garantizar la calidad. Los que deben utilizarlos deben tener una formación adecuada para hacerlo. Incluso si una ubicación no está obligado a tener un extintor en la Florida, uno debe ser suministrado para disminuir las probabilidades de accidentes y muertes relacionadas con el fuego.


Contenido


Barcos

  • Cualquier embarcación de recreo en la Florida, que es más de 26 pies de largo se requiere por ley a tener un extintor de incendios aprobado a bordo en todo momento. Barcos que están a menos de 26 pies de largo, propulsado por un motor fuera borda, no contienen depósitos de gas instalados, y no pueden atrapar los vapores explosivos o gases están exentos de esta ley. extintores aprobados tienen una "Tipo marina USCG Approved" marcando en ellos.

Comprobación

  • Bajo las directrices de la Sección 2005 Estatutos de la Florida 633.061 (1), los individuos u organizaciones que deseen instalar, reparar, probar, recarga o inspeccionar cualquier extintor Florida debe tener una licencia para hacerlo a partir de Bomberos del Estado. Las licencias deben ser renovadas cada dos años.

tipos

  • Según la Administración de Incendios de EE.UU., diferentes tipos de extintores deben ser utilizados para diferentes tipos de incendios en Florida. Por ejemplo, un extintor de Clase A se debe utilizar para apagar incendios provocados por tela, goma, papel, plásticos y madera, mientras que un extintor de Clase C se debe utilizar para apagar un incendio eléctrico.

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